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martes, 21 jul · 00:55

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Alta en la Seguridad Social como Cuidador No Profesional de Persona Dependiente

1 a 3 meses desde la aprobación del PIAFácil

Una vez aprobado el Programa Individual de Atención (PIA) con la modalidad de cuidados en entorno familiar, el progenitor cuidador puede darse de alta en la Seguridad Social como Cuidador No Profesional. El IMSERSO paga íntegramente la cotización — el cuidador no desembolsa nada y acumula cotización para jubilación, incapacidad permanente y otras prestaciones. Desde 2023, el cuidador tiene además derecho a formación y programas de respiro familiar.

Beneficios

Cotización gratuita a la Seguridad Social a cargo del IMSERSO. Computa para jubilación, incapacidad permanente y viudedad. Acceso a programas de respiro familiar. Formación en cuidados. Compatible con trabajo a tiempo parcial.

Requisitos

  • Resolución de reconocimiento de dependencia (Grado I, II o III)
  • El PIA debe contemplar la modalidad de cuidados en entorno familiar
  • El cuidador debe ser familiar o persona del entorno cercano
  • No trabajar a jornada completa (sí compatible con tiempo parcial)
  • Convivencia habitual o disponibilidad efectiva para el cuidado

Pasos a seguir

  1. 1Verifica que la resolución de dependencia contempla la modalidad de cuidados en entorno familiar en el PIA. Si no es así, solicita la revisión del PIA en Servicios Sociales.
  2. 2Acude a los Servicios Sociales de tu comunidad autónoma o accede a la sede electrónica del IMSERSO para solicitar el alta como Cuidador No Profesional, aportando resolución de dependencia y PIA.
  3. 3La administración tramita el alta en un plazo de 1 a 3 meses. Recibirás confirmación de alta en el Régimen Especial de Cuidadores No Profesionales de la Seguridad Social.
  4. 4Desde el alta, el IMSERSO abona automáticamente las cuotas a la Seguridad Social cada mes — no tienes que pagar ni gestionar nada.
  5. 5Consulta en tu comunidad autónoma los programas de respiro familiar y formación para cuidadores a los que tendrás derecho desde el alta.

Documentos necesarios

  • Resolución de reconocimiento de dependencia (Grado I, II o III)
  • Programa Individual de Atención (PIA) con modalidad de cuidados en entorno familiar
  • DNI/NIE del cuidador
  • Libro de familia o documento que acredite el parentesco o convivencia
  • Número de la Seguridad Social del cuidador
  • Certificado de empadronamiento (en algunas comunidades)

Dónde tramitarlo

IMSERSO / Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma

  • Sede Electrónica del IMSERSO (imserso.es)
  • Presencial en Servicios Sociales de la comunidad autónoma
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