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Creación de Patrimonio Protegido de la Persona con Discapacidad
⏱ Inmediato (tras firma ante notario)Complejo
Figura jurídica que permite reservar y proteger un conjunto de bienes y derechos para garantizar la atención y cuidado de una persona con discapacidad, con importantes ventajas fiscales tanto para el aportante como para el beneficiario.
Beneficios
Los familiares que aporten dinero o bienes a este fondo pueden deducírselo directamente en su propia declaración de la renta (IRPF) con límites anuales elevados.
Requisitos
- •Menor con discapacidad oficial (33% mental/cognitiva)
- •Aportaciones vinculadas en exclusiva a sus necesidades vitales
Pasos a seguir
- 1Revisar los requisitos obligatorios y preparar los informes médicos públicos necesarios.
- 2Acceder al organismo competente: Notaría / Agencia Tributaria.
- 3Presentar la solicitud rellenando el formulario oficial (online o presencial).
- 4Consejo clave para este paso: Es una herramienta jurídica fantástica para asegurar el futuro financiero del menor a largo plazo aprovechando un ahorro fiscal masivo en el presente.
Documentos necesarios
- •Informes clínicos oficiales (Neuropediatría / Psiquiatría del servicio público de salud).
- •Libro de Familia o certificado de nacimiento del menor.
- •DNI / NIE del menor (si dispone) y de los tutores legales.
- •Resoluciones previas de discapacidad o dependencia (si aplica para el trámite).
Dónde tramitarlo
Notaría / Agencia Tributaria
- •Telemático (Sede Electrónica)
- •Presencial (Oficinas de Registro / Ventanilla Única)
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